- Las Fintech de servicios de plataforma de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, asesoría crediticia, custodia de instrumentos financieros y/o enrutamiento de órdenes e intermediación de instrumentos financieros, deberán presentar solicitudes de inscripción y autorización para las actividades que realicen en el plazo de un año a contar del 3 de febrero de 2024.
- Esto va a 'descremar' la industria, lo mejor se va a quedar y lo no tan bueno va a quedarse afuera", comenta David Alvo, managing partner de Impacta VC.
Y llegó el tan esperado día para el ecosistema fintech chileno: el sábado 3 de febrero entró en vigencia la Ley Fintech –oficialmente Ley Fintec-, aprobada el 12 de octubre de 2022, que establece un marco general para incentivar la prestación de servicios financieros a través de medios tecnológicos.
“La ley Fintec y la norma de Carácter General N°502 son un paso hacia adelante para regular los servicios Fintech y así poder combatir las actividades ilícitas y el lavado de activos que pueda derivar de los mismos, otorgando estándares mínimos de acuerdo al volumen de negocios y número de clientes de cada empresa que las Fintech deberán cumplir», señalan desde el área Legal de la plataforma de crowdfunding Broota.
«La regulación nunca ayudó a la velocidad de ninguna startup, pero sí creo que ayuda a la construcción de confianza, especialmente en esta industria que está en el momento de construir confianza. Entonces, me parece bueno», sostiene David Alvo, managing partner de Impacta VC.
¿Qué viene ahora?
Tras esto, las nuevas reglas del juego se vuelven oficiales y las Fintech de servicios de plataforma de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, asesoría crediticia, custodia de instrumentos financieros y/o enrutamiento de órdenes e intermediación de instrumentos financieros, deberán presentar solicitudes de inscripción y autorización para las actividades que realicen antes del 3 de febrero de 2025. Quienes hayan presentado las solicitudes podrán continuar realizando sus servicios hasta que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) resuelva las mismas.
En tanto, en lo que se refiere a prestación de servicios de asesoría de inversión, ninguna entidad podrá prestar estos servicios a partir del 3 de febrero de 2024, sin estar inscrita en el Registro y autorizadas para prestar ese servicio por la CMF.
«Son 12 meses suficientes para prepararse. Los que estén haciendo las cosas bien no van a tener problema y los que estén haciendo las cosas mal se van a negar un poco a regularse porque no quieren que los regulen o revisen. Esto va a ‘descremar’ la industria, lo mejor se va a quedar y lo no tan bueno va a quedarse afuera», comenta Alvo.
En esa línea, desde Broota agregan que «igualmente creemos que esta normativa puede significar una barrera de entrada para nuevos competidores al mercado por los altos costos de implementación de las políticas mínimas por el bloque en que se encuentre cada negocio y la contratación de personal experto”.